
Caso Sofía Devries: “La maniobra dentro del agua es exclusivamente del instructor”
PUERTO MADRYN
El fiscal Williams planteó que el homicidio culposo prevé una pena de 1 a 4 años. Reiteró que las condiciones eran adversas. El fiscal remarcó la existencia de protocolos para la práctica.
Esta mañana se realizó la audiencia, presidida por la jueza penal Marcela Pérez Bogado, donde se dispuso la apertura formal de la investigación por la muerte de la buzo Sofía Devries y tuvo por formalizada la imputación contra el instructor de buceo Thiago Nahuel Pocovi (26), a quien la Fiscalía imputa el delito de homicidio culposo.
El fiscal Alex Williams sostuvo que “ha quedado claro hasta acá que a partir del estudio que se hace, toda la normativa y protocolos que tienen de intervención, el que estaba a cargo de la maniobra de manera exclusiva era el instructor”. Asimismo, hizo hincapié que “hemos relevado que había varias condiciones que desaconsejaban la realización de esa inmersión en ese lugar y con ese tipo de personas”.
En el análisis presentado por el Ministerio Público Fiscal se toman en cuenta los múltiples factores, algunos de ellos son las condiciones climáticas que existían al momento de la práctica donde era “prácticamente nula la visibilidad que había cuando llegaban al momento de hacer el buceo en el buque” agregando el fiscal que “eran dos personas nóveles que habían hecho el día anterior la primera certificación e inmediatamente después, por indicación del instructor, hacer una segunda en condiciones de aguas profundas en condiciones adversas”.
Junto a estos factores se evaluó que la condición climática y la nula visibilidad “impidió al instructor ejercer la supervisión directa, lo perdió de vista, básicamente no tuvo contacto visual”. Esto se contrapone con los manuales de la certificadora donde prevé que “una vez que se está dentro del agua es tener una supervisión que permita el contacto directo, de tal manera que permita hacer cualquier tipo de maniobra que el buceador necesite” comentó Williams.
En su relato describió que al llegar al punto de encuentro “el instructor sólo se encuentra con dos de sus alumnos y aún así continúa la inmersión desentendiéndose del resto y en una situación de visibilidad casi nula la víctima entra en una situación de crisis”.
El Fiscal remarcó que el instructor es “quien debe evaluar si las condiciones de inmersión están acordes a las personas que tienen como en este caso alumnos” agregando que “la maniobra dentro del agua también es exclusivamente del instructor, la supervisión directa es del instructor, son múltiples factores pero entiendo que todos desoídos en la práctica y que finalmente es lo que provoca el desenlace”.
La imputación de homicidio culposo radica en que “una transgresión a la violación de los deberes de cuidado. El homicidio culposo tiene la particularidad de que se realiza de una manera o negligente o imprudente o desobedeciendo los deberes a cargo y en este caso es lo que sucede” precisó el fiscal.
La expectativa de pena es de 1 a 4 años aunque luego la determinación de la pena dependerá del caso concreto, del desarrollo de la investigación y lo que puede suceder en un juicio.
En los 6 meses de investigación la Fiscalía trabajará para contar con los elementos probatorois que sostengan la imputación y, posterior, acusación. En este aspecto, se dará intervención a organismos que tienen capacidad de análisis para que realicen una intervención pericial que confirme “si esto que nosotros tenemos como hipótesis efectivamente es así”.
Williams planteó que más allá de la existencia de los protocolos se trata de una actividad donde hay “usos y costumbres independientemente de lo que se pueda establecer de manera protocolizada. Tratándose de una actividad riesgosa no se busca el riesgo máximo sino reducirlo y entonces ahí entran un montón de factores, entre ellos las características de la persona que uno lleva a hacer la inversión”.
Fuente: Jornada Web