
Dos años y medio de prisión y cinco de inhabilitación para el enfermero condenado
CHUBUT
Lo decidió el tribunal que declaró culpable al empleado del Hospital Zonal de Esquel que hurtó morfina que se usaba para urgencias. El condenado llegó a hurgar en las pertenencias de una compañera para obtener las llaves de acceso al depósito.
El tribunal mixto dio a conocer la pena impuesta al enfermero declarado culpable por la sustracción de morfina en el Hospital Zonal de Esquel. El imputado, de apellido Villarroel, fue condenado a la pena de dos años y seis meses de prisión de ejecución condicional, accesorias legales y costas del proceso. Asimismo, el tribunal dictó su inhabilitación para ejercer como enfermero por el doble de tiempo de la condena.
Según el parte de Fiscalía, para determinar el monto de la pena los jueces valoraron un sólido conjunto de agravantes presentados durante el debate oral por el fiscal Fidel González.
Según argumentó, la morfina es un medicamento opiáceo de disponibilidad restringida y destinado a la atención de urgencias hospitalarias. Su sustracción redujo la reserva sanitaria del servicio público de emergencias, otorgándole al hecho una gravedad que trasciende ampliamente el valor económico.
Además, con más de treinta años de trayectoria en el área de salud y en el servicio de guardia —el cual definió como "su casa"—, Villarroel conocía al detalle las rutinas, los lugares de guardado y los momentos propicios para actuar en soledad.
En su rol de funcionario público, no solo incumplió obligaciones éticas y legales específicas sino que defraudó la responsabilidad exigible a un profesional que conoce el valor del fármaco para aliviar dolores agudos.

En este sentido, el delito se reiteró en dos oportunidades en un breve lapso de tiempo. El acusado llegó a hurgar en las pertenencias de una compañera para obtener las llaves del estante donde se guardaba la morfina, vulnerando su privacidad y superando cualquier intento de resguardo institucional.
Como única circunstancia atenuante, el tribunal contempló la falta de antecedentes penales del condenado.
Al fundamentar la resolución, el tribunal mixto compuesto por los vocales populares, Emiliano García y Celestina Farías, y los jueces Martín O’Connor, José Luis Ennis y Jorge Novarino, remarcó que los funcionarios públicos que delinquen en el ejercicio de sus funciones merecen un plus sancionatorio.
Bajo esa premisa, la inhabilitación especial busca satisfacer el extremo de prevención y garantizar que no se vulneren nuevamente los insumos críticos del sistema de salud pública.
Fuente: Jornada Web